Obligaciones de los generadores de residuos peligrosos

Obligaciones de los generadores de residuos peligrosos

Los pequeños, medianos y grandes generadores de residuos peligrosos, anualmente deben reportar su generación y el tratamiento que le dan a estos residuos, además deben cumplir con ciertos requisitos que la CAR solicita, por ejemplo; brindar capacitación a sus trabajadores, tener un Plan de Gestión de RESPEL actualizado, tener una bitácora entre otros.

Según el Decreto 4741 de diciembre de 2005, un generador de residuos peligrosos es aquella empresa natural o jurídica, quien durante su actividad económica produzca desechos o residuos que se puedan peligrosos.

El fabricante o importador de un producto o sustancia química con propiedad peligrosa, de igual forma y para los efectos del presente decreto, se considera un generador en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia.

¿Y qué es un residuo o desecho peligroso?

Se considera residuo o desecho peligroso a todo material que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente.

Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

Es importante entonces que su empresa analice si las actividades que se realizan en ella aplican a estas definiciones, en cuyo caso usted debe conocer sus responsabilidades.

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En el capitulo III del decreto en mención, se pueden ampliar las obligaciones de los generadores, que además se enumeran a continuación:

Ejemplos de desechos o residuos peligrosos

Existen gran cantidad y variedad de elementos que se podrían considerar peligrosos tanto para la salud del ser humano como para el medio ambiente, a continuación te queremos presentar un pequeño listado de los más comunes:

• Mezclas y emulsiones de desechos de aceite y agua o de hidrocarburos y agua por ejemplo lodos contaminados de lavaderos de carros y estaciones de servicio.

• Elementos impregnados con aceites en talleres de mecánica automotriz y establecimientos de cambio de aceite de vehículos entre otros.

• Desechos clínicos resultantes de la atención médica prestada en hospitales, centros médicos y clínicas y veterinarias ( guantes contaminados, elementos cortopunzantes, jeringas, etc)

• Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE´s que contienen metales pesados, contaminantes orgánicos persistentes, retardantes de llama y otras sustancias peligrosas como los Cartuchos y tóner de impresoras.

• Baterías plomo ácido

• Envases de Plaguicidas o contaminados con sustancias peligrosas

• Luminarias fluorescentes que contienen mercurio

Y otros residuos que se encuentran en el Anexo I y II del Decreto 4741 de 2005

¿Cuáles son las obligaciones de los generadores de residuos peligrosos?

Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos peligrosos que genera.

• Elaborar un plan de gestión integral de los residuos o desechos peligrosos que genere tendiente a prevenir la generación y reducción en la fuente, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos.

En este plan deberá igualmente documentar el origen, cantidad, características de peligrosidad y manejo que se le da a los residuos peligrosos.

• Identificar las características de peligrosidad de cada uno de los residuos o desechos peligrosos que genere, para lo cual podrá tomar como referencia el procedimiento establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3. Del Decreto 1076 de 2015.

• Garantizar que el envasado o empacado, embalado y etiquetado de sus residuos o desechos peligrosos se realice conforme a la normatividad vigente.

• Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1079 de 2015 o aquella norma que la modifique o sustituya, cuando remita residuos o desechos peligrosos para ser transportados. Igualmente, suministrar al transportista de los residuos o desechos peligrosos las respectivas hojas de seguridad.

• Registrarse ante la autoridad ambiental competente por una sola vez y mantener actualizada la información de su registro anualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.6.1.6.1 del Decreto 1076 de 2015.

• Capacitar al personal encargado de la gestión y el manejo de los residuos o desechos peligrosos en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos representan para la salud y el ambiente.

• Contar con un plan de contingencia actualizado para atender cualquier accidente o eventualidad que se presente y contar con personal preparado para su implementación.Asesoría gestión ambiental y seguridad en el trabajo

• En caso de tratarse de un derrame de estos residuos el plan de contingencia debe seguir los lineamientos que se expidan en la reglamentación única para el sector de Interior por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas Marinas, Fluviales Lacustres o aquel que lo modifique o sustituya y para otros tipos de contingencias el plan deberá estar articulado con el plan local de emergencias del municipio.

• Conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento o disposición final que emitan los respectivos receptores, hasta por un tiempo de cinco (5) años.

• Tomar todas las medidas de carácter preventivo o de control previas al cese, cierre, clausura o desmantelamiento de su actividad con el fin de evitar cualquier episodio de contaminación que pueda representar un riesgo a la salud y al ambiente.

• Contratar los servicios de almacenamiento, aprovechamiento, recuperación, tratamiento y/o disposición final, con instalaciones que cuenten con las licencias, permisos, autorizaciones o demás instrumentos de manejo y control ambiental a que haya lugar.

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